El pasado 19 de junio del presente, el pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad de todos los grupos parlamentarios, el dictamen elaborado y acordado de forma previa, por la Comisión de Trabajo y Previsión Social de esa Cámara, por el cual se reguló la figura conocida como teletrabajo. Con esta aprobación, se da el primer paso para que el teletrabajo sea una realidad en nuestro país, toda vez que para que sea considerada una ley válida y vinculante, es necesario que sea discutida y aprobada por la Cámara de Diputados.

La reforma en comento permite que, mediante el uso de las herramientas digitales, se lleven a cabo determinadas actividades profesionales desde un lugar distinto al centro de trabajo. Lo anterior propicia la reducción de costos, contribuye con el medio ambiente, se impulsa la armonía familiar, así como el desarrollo integral de las personas, pues pueden administrar su tiempo conforme lo estimen pertinente, atendiendo sus necesidades ordinarias. El primer antecedente de regulación del teletrabajo fue en la  reforma laboral del año 2012.

Sin embargo la normativa dispuesta distaba mucho de reconocer integralmente los alcances y contenidos del teletrabajo, ya que lo limitaba a ciertas labores de carácter artesanal o manual hechas a distancia, siendo el pago usualmente por piezas o unidades de producción. Como se advierte, la legislación especial dispuesta en la referida reforma del 2012, destinada a regular las actividades a distancia, sólo contemplaba las labores relativas al intercambio de bienes materiales, que no aplican a cuestiones especializadas, tales como conocimientos tecnológicos para la realización de proyectos o actividades concretas, elementos que caracterizan a la figura del teletrabajo. Previo a la aprobación del Senado de la República, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió algunos precedentes judiciales, lo cuales hilvanaron de alguna forma los parámetros para la creación del teletrabajo.

La Corte estableció que el Estado debe tomar todas las medidas necesarias para fomentar nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación, con el fin de garantizar a los particulares el acceso efectivo a éstos. El trabajo efectuado a distancia genera el intercambio de información, conocimientos e ideas a un menor costo, a través del Internet, factor esencial para la existencia y desarrollo del teletrabajo. De ahí la ventaja de construir legislaciones que permitan el uso efectivo de las herramientas digitales, ya que con ello se puede incidir en el crecimiento económico de todos los sectores laborales, lo que se traduce en el desarrollo integral de la sociedad.

Derivado de las necesidades económicas y de infraestructura de muchos centros de trabajo, así como las largas distancias que las personas trabajadoras tienen que recorrer para llegar a ellos, particularmente en las ciudades con alta densidad poblacional, se ha generado una tendencia cada vez más amplia entre diversas corporaciones, de establecer políticas que impliquen procesos de desarticulación o desvinculación de sus actividades productivas, administrativas y operativas, lo que ha redundado en un trabajo más productivo y efectivo.

La incorporación a nivel legislativo de la figura del teletrabajo pone las bases para la instauración de una nueva cultura laboral, la cual se distinguirá por la creación, diseño e implementación de modelos de trabajo dúctiles y flexibles, acordes con las necesidades del contexto actual. De ahí la importancia de la correcta ejecución de esta reforma, ya que así se dará la obtención de resultados óptimos en la productividad y en el desempeño laboral.

De igual forma, facilitará la toma de decisiones al interior de los centros de trabajo, y se podrá identificar e impulsar de mejor manera las capacidades, habilidades y competencias individuales de las personas trabajadoras. La trascendencia de la presente reforma es evidente, sin embargo hay que estar pendientes de que las autoridades competentes lleven a cabo una reglamentación óptima y eficiente, así como inspección y vigilancia debidas para su plena implementación. De igual forma, todos los ámbitos laborales serán responsables de hacer eficaz este ordenamiento, ya que no se limitará a las actividades laborales de la Iniciativa Privada, sino que el sector público, federal, local y municipal, así como todos los órganos públicos del Estado, deberán contribuir al establecimiento de modelos de trabajos que permitan el desarrollo del teletrabajo en sus estructuras, dependiendo de las actividades y funciones de los servidores públicos. El teletrabajo implicará cambios inmediatos y definitivos en las dinámicas de trabajo, gestión y administración de los centros de trabajo, lo que llevará verdaderamente a la edificación de una nueva cultura de trabajo.

Dicha cultura se caracterizará por tener mejores prácticas administrativas y operativas, un manejo más eficiente, útil y racional de los recursos materiales, económicos y humanos, así como un ambiente laboral armónico. Pero no sólo habrá avances funcionales en los centros de trabajo; la reforma traerá la disminución del gasto de los recursos energéticos, así como una mejora al medio ambiente. En conclusión, el dictamen de la reforma en materia de teletrabajo aprobada por el Senado de la República es un primer gran paso para la modernización del sector productivo de nuestro país, sin dejar de reiterar que la clave para su éxito será la contribución de todos, con lo cual se garantizará su vigencia y aplicación.

(Fuente: El Economista / Internet, Información, 01:02, 26/06/2019)