Ante la sospecha de que una empresa haya presentado un acta constitutiva falsa para obtener el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o una acta de accionistas apócrifa, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) va a solicitar directamente los documentos al notario público para revisarlos y verificar si la compañía es legal, fantasma o facturera. De acuerdo con una de las modificaciones al Código Fiscal de la Federación que solicitó el gobierno federal al Congreso para aplicarse a partir de 2020. «Cuando el SAT no tiene la certeza de la veracidad de los documentos presentados por el contribuyente, resulta necesario requerir al fedatario público la información que valide la existencia y legalidad de dichos documentos», señala la exposición de motivos.

En caso de que un notario se niegue a entregar los documentos que le pida el SAT sobre las empresas se hará acreedor a una sanción.

De acuerdo con la propuesta, se impondrá una multa económica de 17 mil 280 a 34 mil pesos, ya que «la omisión por parte de los fedatarios trae consigo que la autoridad fiscal no cuente con elementos suficientes para actuar ante el posible uso de documentos falsos por parte de los contribuyentes, lo que sin duda tiene efectos fiscales graves, como lo es la inscripción de personas morales que se constituyen con el único fin de simular operaciones y emitir comprobantes».

EL MARTES VS FACTURAS

El coordinador de Morena en San Lázaro Mario Delgado Carrillo anunció que el próximo martes le darán prioridad a la minuta del Senado para sancionar la expedición de facturas falsas y a las empresas fantasma, por lo que se estima que se apruebe ese día por el pleno de los diputados.

«Legislar sobre este tema será un factor que va a influir en la recaudación de ingresos para el año que entra, por eso sí es importante que esté en vigor a partir del 1 de enero del 2020.

Es una prioridad para nosotros», dijo Mario Delgado.

Delgado aseguró que sólo se sancionará a empresas que venden o compran facturas que amparan operaciones falsas, de ninguna manera se pretende criminalizar empresarios, sino protegerlo de prácticas desleales dichos documentos», señala la exposición de motivos.

En caso de que un notario se niegue a entregar los documentos que le pida el SAT sobre las empresas se hará acreedor a una sanción.

De acuerdo con la propuesta, se impondrá una multa económica de 17 mil 280 a 34 mil pesos, ya que «la omisión por parte de los fedatarios trae consigo que la autoridad fiscal no cuente con elementos suficientes para actuar ante el posible uso de documentos falsos por parte de los contribuyentes, lo que sin duda tiene efectos fiscales graves, como lo es la inscripción de personas morales que se constituyen con el único fin de simular operaciones y emitir comprobantes».

75.7 MILLONES DE REGISTROS FEDERALES DE CONTRI- BUYENTES TIENE EL SAT.

1.4% DEL  PIB SE PIERDE POR LA EVASIÓN POR EL USO DE FACTURAS FALSAS.

Las empresas solicitan su inscripción al RFC a través de notarios públicos, a quienes dan documentos.

No asentar o asentar incorrectamente el RFC de cada accionista será motivo de sanción. También lo será asentar erróneamente datos de las actas constitutivas y de accionistas.

(Fuente: El Heraldo de México, Información ,País ,Paris Salazar, P6, 14/10/2019)