La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) podrá ordenar arrestos administrativos en casos reincidentes, según el nuevo reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Además de la reincidencia, los arrestos de hasta por 36 horas a un proveedor y/o a quien impida ejecutar acciones de verificación, también serán aplicados cuando haya acciones violentas contra verificadores.

También cuando no se asista a comparecencia, no entreguen documentación requerida; incumplan orden de suspensión de información comercial o publicitaria.

«Esta reglamentación fortalece las facultades de Profeco pues le otorga facultades para ordenar arrestos administrativos en casos que se presenten frecuentemente», destacó Deloitte.

Dicho reglamento publicado el 19 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y que entró en vigor un día después, amplía las funciones a la Profeco en otros temas.

Las multas que imponga la dependencia son ahora un crédito fiscal.

«Cuando una multa impuesta a un proveedor no se se pague, se iniciará el procedimiento administrativo de ejecución previsto en el Código Fiscal», detalla.

El reglamento crea el Registro de Políticas de Compensación por Demoras y Retrasos de Vuelos, donde precisarán las compensaciones a pasajeros afectados por demoras superiores a una hora e inferiores a cuatro horas.

Las multas son ya un crédito fiscal, que procede cuando el proveedor no pague la sanción, Profeco iniciará el procedimiento administrativo de ejecución previsto en el Código Fiscal de la Federación.

Fuente Reforma Negocios, Diciembre 31, 2019