Facilitará acuerdo de arbitraje solución de litigios, afirma SE. Acepta medida temporal que opere en lugar de órgano de apelación

 México se unió al acuerdo de arbitraje propuesto por Canadá y la Unión Europea para sustituir temporalmente al órgano de apelación de solución de controversias de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

Ante el bloqueo estadounidense para elegir a los miembros del órgano, Canadá y la Unión Europea optaron, en julio de 2019, plantear una vía alterna para resolver las diferencias comerciales de los miembros de la organización.

La necesidad de contar con una figura que cubra las funciones del órgano, que pertenece al mecanismo de solución de controversias de la OMC, ha llevado a que México y otros 16 miembros emitan una declaración para llegar a un arreglo interino.

Esto se da tras sostener una reunión informal de ministros de la OMC en el marco del Foro Económico Mundial en Davos, informó la subsecretaria de Comercio Exterior, Luz María de la Mora.

«El mecanismo estará basado en el artículo 25 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias de la OMC, y aplicaría hasta que volvamos a contar con un órgano de apelación de la OMC operante.

«Este arreglo estará abierto a cualquier miembro de la OMC dispuesto a unirse», explicó De la Mora.

El arbitraje marcado por dicho artículo del Entendimiento se muestra como una medida alternativa.

«Un procedimiento rápido de arbitraje en la OMC como medio alternativo de solución de diferencias puede facilitar la resolución de algunos litigios que tengan por objeto cuestiones claramente definidas por ambas partes», se lee en el artículo 25 del Entendimiento Relativo a las Normas y Procedimientos por los que se rige la solución de diferencias de la OMC.

De la Mora dijo que los detalles que regirán este arreglo están pendientes de discutirse y acordarse.

«Estamos convencidos de que será a la brevedad posible, debido a la urgencia e importancia del tema», afirmó la subsecretaria.

Comentó que el arreglo interino será lo más parecido a la instancia de apelación actual, que permita brindar una segunda instancia y, por tanto, certeza para no retrasar soluciones definitivas a las diferencias entre países, en tanto dure la suspensión del órgano de apelación.

Cuando los países están en disputa, bajo la OMC la primera instancia es consultar entre las partes, de ahí sigue un proceso de solución de controversias a través de un panel, el cual da el fallo y las partes pueden estar o no de acuerdo.

De no estar de acuerdo se apela el fallo y lo mandan a la instancia de revisión, donde en el órgano de apelación se dará la solución final.

Apelación comercial

El órgano de apelación en la OMC es una instancia de defensa en disputas comerciales.

10 de diciembre de 2019 fue el último día que funcionó el órgano de apelación.

7 miembros son los que idealmente deben conformarlo.

3 miembros fueron los últimos que lo mantuvieron activo.

4 años dura el mandato de sus miembros.

Fuente: OMC

 

Fuente Reforma Negocios, Enero 31, 2020