Las empresas, en especial las micro, pequeñas y medianas, deben cuidar que el material que usan en sus plataformas digitales cumpla con los derechos de uso adecuados, previstos en la Ley Federal de Derechos de Autor, para evitar que su contenido sea bajado cuando alguien reclame a la plataforma su autoría.

«Es muy importante que cuando una persona esté desarrollando contenidos verifique si lo que está subiendo, no cuenta con derechos previos de autor, porque de no contar con ellos podrán tener las consecuencias que establece la legislación que es una infracción administrativa en derechos de autor o una infracción materia de comercio», dijo Carlos Hernández, socio de BC&B, despacho especializado en propiedad intelectual.

Hernández explicó que cuando las empresas usen un contenido que no sea de su autoría, ya sea imagen, música, video o texto, se aseguren bajo qué derechos de uso está disponible el contenido.

El hecho de que un contenido esté en redes sociales no lo exenta de la protección de derechos de autor.

Kiyoshi Tsuru, especialista en propiedad intelectual, mencionó que la nueva Ley permite que las personas pueden acceder a algunos de los beneficios de la Ley Olimpia en todo el País, pues permite a las plataformas digitales a eliminar contenido sexual no autorizado o aquel que vulnere la dignidad de las personas.

La ley autoriza a las plataformas frenar la distribución del contenido mismo en cuanto reciba una notificación por parte de quien resulte afectado por esta conducta sin necesidad de una orden judicial o de forma voluntaria cuando detecte el contenido.

Fuente: Reforma, Negocios, 10 agosto, 2020