Propone Morena prohibición nacional de venta a menores. Plantean sancionar venta de productos en niveles básico y medio superior.

Morena presentó en la Comisión Permanente del Congreso una propuesta de reforma a la Ley General de Salud para prohibir a nivel nacional la venta de comida «chatarra» a menores de edad.

La propuesta, firmada por el diputado Arturo Roberto Hernández, es similar a la reforma aprobada en el Congreso de Oaxaca, con el argumento de que se busca prevenir los problemas de obesidad y sobrepeso de niñas, niños y adolescentes.

«Para la eliminación de formas de malnutrición de niñas, niños y adolescentes, se prohíben las siguientes actividades:

«I. La distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad, de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en el país. II. La distribución, venta, regalo y suministro de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior, y III. La venta, distribución o exhibición de cualquiera de esos productos a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior.

Agrega que las bebidas y alimentos de alto contenido calórico señalados, serán aquellos que excedan los límites máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadidos, conforme a la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

«Quedan exentas de estas prohibiciones madres, padres o tutores legales, quedando bajo su responsabilidad el consumo de estos productos por los menores de edad», indica la propuesta de un nuevo artículo 115 Bis en la Ley General de Salud.

La reforma propuesta por Hernández, secretario de la Comisión de Salud, indica que habrá sanciones a quienes no atiendan a la prohibición.

«Los propietarios o encargados de los establecimientos en donde se vendan o suministren bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico, en ningún caso y de ninguna forma los venderán o suministrarán a menores de edad, ya que de hacerlo, serán acreedores a las sanciones administrativas previstas en la presente ley, y en lo no previsto, a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y los demás ordenamientos aplicables», se indica en la propuesta de reforma.

En artículos transitorios, se indica que la Secretaría de Salud, en coordinación con las autoridades competentes, aplicará y vigilará el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, que establecen los límites máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadido a las bebidas azucaradas y a los alimentos envasados.

Conforme a ello, determinará cuáles bebidas y alimentos están prohibidos para distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad en el país.

Por su parte, el senador panista Raúl Paz Alonzo presentó también una iniciativa para prohibir en todo el país la venta de alimentos empaquetados de alto contenido calórico y de bebidas azucaradas a menores de edad.

Tras externar su desacuerdo con la estrategia gubernamental para atender la pandemia de Covid-19, el legislador consideró que el consumo de refrescos embotellados y comida chatarra afecta directamente la salud, especialmente de la población infantil.

«A las tiendas de autoservicio, abarrotes y a las misceláneas, se prohíbe el comercio, distribución, donación, regalo, venta y suministro de alimentos empaquetados de alto contenido calórico y de bebidas azucaradas a menores de edad.

«No se permitirá colocar los productos en sitios estratégicos que induzcan a su consumo. Tampoco el comercio, distribución, donación, regalo, venta en instituciones educativas públicas y privadas de educación básica y media superior», dice la iniciativa.

También presentaron iniciativas para prohibir a nivel nacional la venta de bebidas azucaradas y alimentos preenvasados con alto contenido calórico a menores de edad la diputadas Claudia Domínguez, del PT, y Verónica Juárez del PRD.

Restricciones

De acuerdo con la propuesta de Morena, se prohíben las siguientes actividades:

– La distribución, venta, regalo y suministro a menores de edad, de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico.

– Su distribución, venta, regalo y suministro en instituciones públicas y privadas de educación básica y media superior.

– La venta, distribución o exhibición de cualquiera de esos productos a través de distribuidores automáticos o máquinas expendedoras en planteles de educación básica y media superior.

Fuente: Reforma, Negocios, 13 agosto, 2020