Buscan aumentar recaudación por crisis. Más áreas podrán hacer verificaciones y cancelar sellos digitales A partir de este jueves prácticamente todas las áreas del Servicio de Administración Tributaria (SAT) estarán involucradas en la verificación y fiscalización de los contribuyentes, incluyendo más facultades para la Administración General de Aduanas. Las áreas del SAT que podrán cancelar sellos digitales y que tendrán facultades de verificación se incrementaron, según un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación. El sello digital es el documento electrónico expedido por el fisco necesario para emitir facturas y hasta ahora sólo las Administraciones Generales de Auditoría Fiscal Federal y de Recaudación tenían atribuciones para cancelarlos. El nuevo acuerdo permite que este procedimiento lo realicen las Administraciones Generales de Aduanas, de Auditoría de Comercio Exterior, de Grandes Contribuyentes, de Hidrocarburos, de Servicios al Contribuyente, así como la Jurídica. Sin los sellos, se detiene completamente la operación formal de una empresa o contribuyente. La cancelación de sellos digitales ocurrirá cuando exista, entre otras faltas, omisión de declaraciones, operaciones inexistentes e ingresos no declarados. Todas las Administraciones mencionadas tendrán facultades para verificar domicilios fiscales, requerir aclaraciones, información o documentación a los contribuyentes, a fedatarios públicos o alguna otra autoridad ante la que se haya protocolizado o apostillado un documento. Roberto Colín, integrante de la Comisión Fiscal 2 del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que antes, las diversas áreas de SAT mantenían programas de vigilancia y si detectaban discrepancias mandaban resoluciones a la Auditoría Fiscal, la cual decidía si cancelaba sellos digitales o iniciaba una auditoría. «Con este acuerdo queda más claro que los administradores que son responsables de programas de vigilancia de cumplimiento tendrán la facultad de verificar domicilio o restringir temporalmente el uso del sello digital», explicó. El acuerdo concatena las distintas modificaciones fiscales para 2020 donde se incrementaron los supuestos para la cancelación de sellos. Además, surge en un contexto de grandes necesidades recaudatorias por la crisis del Covid-19, destacó Colín. Guillermo Mendieta, socio de Mendieta y Asociados, dijo que los cambios significan un adelgazamiento de la burocracia dentro del SAT, pero implican mayores riesgos de cancelación de sellos para los contribuyentes. «Los posibles riesgos es dar a ciertos niveles más poder, lo que genera más responsabilidad a más funcionarios… lo que pude generar errores en cancelación de sellos o revisiones mayores a los contribuyentes», afirmó. Herramienta fiscal La cancelación de sellos digitales ha sido menor en 2020 que en 2019. No obstante, se espera un incremento con los cambios recientes. BLOQUEO DE CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL (Número de actos) E 2019 610 J 1,732 O 1,588 D 1,230 M 2020 35 Fuente: SAT
Fuente: Reforma, Negocios, Abril 30, 2020