A partir de este año, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene la facultad para recurrir al embargo precautorio de bienes y cuentas bancarias y cobrar directamente las multas que impone a proveedores de bienes y servicios.
Según el artículo 40 del nuevo reglamento de la Profeco, el Director General de Procedimiento Administrativo de Ejecución será quien tenga las facultades de recaudar el importe de los créditos fiscales que determinen las unidades administrativas de la dependencia.
Antes de las reformas a la Ley Federal del Consumidor, los encargados de cobrar las multas que imponía Profeco eran el SAT, gobiernos estatales y municipios.
«(El Director General de Procedimiento Administrativo de Ejecución tendrá entre sus atribuciones) llevar a cabo el Procedimiento Administrativo de Ejecución para hacer efectivos los créditos fiscales derivados de las multas impuestas por la Procuraduría a cargo de los contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados, incluyendo el embargo de cuentas bancarias y de inversiones a nombre de los contribuyentes deudores y responsables solidarios».
Además de colocar sellos y marcas oficiales con los que se identifiquen los bienes embargados, así como hacer efectivas las garantías constituidas para asegurar el interés fiscal.
La Profeco podrá solicitar directamente a entidades financieras y sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, o por conducto de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Consar o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, información financiera para efectos del cobro de créditos fiscales firmes.
Las multas que imponga la dependencia se considerarán un crédito fiscal.
En la mira
Las gasolineras y gaseras son dos de los proveedores de servicio más multados por Profeco.
424 mdp fueron las sanciones impuestas a gasolineras y gaseras en 2019.
78 denuncias penales interpuso Profeco contra estaciones de servicio.
971 gasolineras fueron multadas el año pasado.
181 gaseras fueron multadas durante 2019.
Fuente: Profeco