Resolverían en 2 meses paneles de T-MEC. Observadores de EU podrían inspeccionar empresas que sean denunciadas

Los paneles de respuesta rápida en materia laboral tardarían en resolverse dos meses y éstos podrían incluir visitas a los lugares de trabajo por parte de observadores estadounidenses, en los cuales presuntamente se hayan incumplido los derechos de los trabajadores, advirtió la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Alejandro Encinas, titular de la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales de la dependencia, afirmó que antes de la instalación de un panel, el Gobierno mexicano realizará una investigación sobre la queja interpuesta y se intentará llegar a una conciliación o bien, a una reparación del daño.

«Es importante que el sector privado sepa que estamos listos para atender la entrada en vigor del T-MEC», afirmó el funcionario.

Afirmó que un panel tendrá 30 días para tomar una determinación y serían 60 días si se lleva a cabo una visita «in situ» de parte de observadores extranjeros.

Las sanciones que se pueden imponer serán proporcionales a la gravedad en la denegación de los derechos.

Puede ser la suspensión del tratamiento arancelario preferente para las mercancías manufacturadas en la planta en cuestión, o una imposición de sanciones sobre las mercancías manufacturadas, e inclusive el bloqueo a la importación.

«Es evitable que estos paneles se activen, para ello en vez de atender estrategia remedial se debe desde un inicio asumir actitud de prevención y corregir.

«Si cumplimos la legislación laboral no habría ninguna posibilidad de invocar cualquiera de estos mecanismos», subrayó el funcionario de la STPS.

Cabe destacar que estos paneles atienden los temas relacionados con la libertad de asociación y derechos de negociación colectiva, lo cual está previsto en el anexo 31-A del T-MEC.

En tanto que otros temas de corte laboral, como el caso del trabajo infantil, se atenderían por el mecanismo de solución de controversias tradicional (previsto en el artículo 31 del T-MEC), los cuales se llevan a cabo en un año.

Lo que viene

A partir del 1 de julio, EU y Canadá podrán interponer quejas si se violan los derechos de libertad sindical de trabajadores mexicanos.

Capítulo 23 del T-MEC incluye:

1. Libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva.

2. Eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.

3. Abolición efectiva del trabajo infantil y la prohibición inmediata de sus peores formas.

4. Eliminación de la discriminación en el empleo y la educación.

Fuente: STPS

Fuente: Reforma, Negocios, Junio 09, 2020