Promueven amparos inconformes con nueva ley. Alegan empresas trato discriminatorio y violación a libertad del trabajo

Empresas y comerciantes promovieron los primeros amparos para impugnar la prohibición de uso de bolsas de plástico en puntos de venta, que entró en vigor en la Ciudad de México el pasado 1 de enero.

Al menos 15 demandas cuestionan la constitucionalidad de la reforma a la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México, que ha sido duramente cuestionada por las agrupaciones de empresas productoras de plásticos.

Bolsas Luisiana, Grupo la Bolsita, Be Bag, Geced, La Nueva Bolsa y Plásticos Festival son algunas de las empresas inconformes.

Los quejosos alegan trato discriminatorio -pues sí se permite uso de otro tipo de bolsas-, violación a la libertad de trabajo y afectaciones al mandato del artículo 26 de la Constitución para que las leyes protejan la actividad económica de los particulares.

Galvanolyte, fabricante de productos químicos, se amparó para cuestionar las definiciones que la ley contiene sobre términos como «microplástico», «biodegradable», «compostable» y «plásticos degradables», así como la facultad de la Secretaría del Medio Ambiente para fijar lineamientos y normas sobre producción y consumo sustentables de plásticos.

Hasta ahora, ningún juez federal ha concedido alguna suspensión para exentar de la aplicación de la ley mientras se tramitan los amparos, que puede tomar más de un año.

«Las normas reclamadas (regulan) el uso del plástico al cosumidor, cuyo objeto principal es salvaguardar el medio ambiente, lo cual afecta a toda la sociedad», afirmó la juez Blanca Lobo, al negar una suspensión.

La posibilidad de que el Poder Judicial declare inconstitucional esa reforma es reducida, pues tratándose de restricciones legales sustentadas en argumentos de protección al medio ambiente, los jueces son cada vez más renuentes a conceder amparos.

Desde el año pasado, la Asociación Nacional de Industrias del Plástico (Anipac) y los Industriales de Bolsas Plásticas de México (Inboplast), criticaron la reforma por la afectación a empleos e inversión del sector, y sostuvieron que sólo 1.5 por ciento de las cerca de 12 mil toneladas diarias de residuos que se generan en la capital son bolsas de plástico.

Criticaron la falta de claridad de la Ley y el Reglamento emitidos pues, aseguraron, no se establece qué tipo de bolsas están prohibidas.

La misma reforma legal también prohíbe el uso en la capital de toda clase de utensilios de plástico, como popotes, cubiertos, platos, charolas, cápsulas de café de un solo uso, y hasta aplicadores de tampones, pero esta parte de la ley entrará en vigor en enero de 2021.

SIN PERMISO

La reforma a la Ley de Residuos Sólidos de la Ciudad de México entró en vigor el pasado 26 de junio, pero las prohibiciones en materia de plástico tienen dos momentos:

A PARTIR DE 2020

– Bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos.

1 DE ENERO DE 2021

– Tenedores, cuchillos, cucharas, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos,vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos y aplicadores de tampones.

– Productos que contengan microplásticos añadidos intencionalmente.

– Cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales plásticos de bajo potencial de aprovechamiento.

 

Fuente Reforma Nacional, Febrero 04, 2020