Los cambios a la Ley Federal de Protección al Consumidor aprobadas en la Cámara de Diputados dotan a la Profeco de nuevas facultades, entre ellas, ordenar un arresto administrativo de hasta 36 horas. El artículo 25 advierte que la Procuraduría podrá hacer uso de diferentes medidas de apremio como multas de hasta 24 mil 436 pesos, el auxilio de la fuerza pública, ordenar el arresto administrativo hasta por 36 horas.
En caso de que persista la infracción podrán imponerse nuevas multas por cada día que transcurra sin que se obedezca el mandato de la dependencia hasta por 9 mil 774 pesos, por un periodo no mayor a 180 días.
Aunque no están claros los casos en los que pueda aplicar el arresto, expertos interpretan que se puede dar como una medida de presión.
«Creo que esto se podría aplicar en temas que se consideren particularmente graves, por ejemplo, que tenga que ver con que personas en un establecimiento están impidiendo, previo apercibimiento de la Profeco, que se hagan verificaciones», afirmó Bernardo Altamirano, académico del ITAM.
Entre las nuevas atribuciones se encuentra cobrar las multas que la institución impone, también recurrir a clausura temporal o total de establecimientos.
Actualmente, el cobro de las sanciones es una facultad de las tesorerías de los gobiernos locales; sin embargo, no hay certeza sobre la efectividad en el cobro de las sanciones, aseguró Rogelio Cerda titular de la Procuraduría.
Fuente: Reforma, Sección Negocios, Noviembre 17, 2017