Las nuevas disposiciones de facturación electrónica que entrarán en vigor en septiembre complicarán el control de la cobranza, provocando severos dolores de cabeza, sobre todo a las empresas más pequeñas. A partir del próximo mes, cada vez que algún contribuyente reciba un pago o expida un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a sus clientes, deberá generar también un «Comprobante de Pago Digital» (CPD) en el caso de hacer ventas a crédito o en parcialidades.
Héctor Nava Rodríguez, presidente del Instituto de Contadores en Servicios Digitales (Incosedi), asociación que agremia a especialistas en contabilidad electrónica, advirtió que con la nueva figura los contribuyentes tendrán muchas complicaciones para llevar un control de sus sistemas internos de cobranza.
Señaló que la mayoría de las compañías carece de la tecnología digital o el software para rastrear, a veces, hasta miles de depósitos bancarios por sus ventas.
Ante ello, algunas empresas tendrán que incurrir en cuantiosas inversiones de tecnología para desarrollar un software que les permita internamente identificar cada depósito que reciban de sus clientes para poder expedir el CPD.
Nava Rodríguez anticipó que otra complicación vendrá cuando empresas pequeñas tengan que pagar IVA al SAT antes de que sus grandes clientes les liquiden la factura.
Explicó que el problema se presentará, como es costumbre, cuando un cliente grande le pide a su proveedor pequeño que le expida una factura como si fuera de contado, aunque ésta se vaya a pagar en 60 o 90 días.
«Algunos contribuyentes optan por negociar con sus grandes clientes, para no perderlos, la emisión de facturas electrónicas como si fueran ventas al contado, cuando en realidad son a crédito o en parcialidades, por lo que con el nuevo esquema pagarán el IVA al SAT antes de retenerlo a sus clientes», afirmó Nava Rodríguez.
«Es como si el SAT se cobrara el IVA a lo chino», comparó.
Gustavo Leal Cueva, socio de la Consultora Leal Benavides y Asociados y presidente de Fiscalia, coincidió en que el CPD implica una enorme tarea de «rastreo» de depósitos que correspondan a facturas por ventas a crédito.
«Deberán buscarlos, ordenarlos e incluso rastrearlos en caso de que no hayan sido emitidos para cotejarlos con las facturas que los amparan y poder hacerlos deducibles», expuso.
Entre los riesgos, refirió la imposibilidad de deducir el documento o, en el caso de no emitir un CPD, podría incurrir en multas del SAT que van desde los 13 mil a los 85 mil pesos.
En sentido contrario, apuntó que también habrá problemas para obtener el CPD que se expida por compras a proveedores, por lo que podrían realizar pagos por bienes y servicios sin poder deducir el impuesto.
Leal Cueva consideró que una alternativa podría ser la de exigir que los depósitos por el pago de una factura lleguen «referenciados» a sus cuentas bancarias, pero esa alternativa tiene un costo que aplican los bancos.
Fuente: Reforma, Sección Negocios, Agosto 24, 2018