Después de cinco años en litigio, las empresas de energía solar lograron que los paneles importados al País para la construcción de grandes centrales fotovoltaicas no paguen el arancel del 15 por ciento impuesto por el fisco mexicano.
Esto, luego de que la Primera Sala Especializada en Materia de Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, volviera a fallar a favor de la Asolmex (la Asociación que agrupa a las empresas del sector) para que éstos se reclasificaran como células fotovoltaicas ensambladas en paneles solares y no como generadores eléctricos.
Desde octubre de 2015, el SAT determinó que los equipos fotovoltaicos debían considerarse como generadores, por lo que se les impuso el arancel al ingresar al País.
Pero el 6 de mayo de 2019, el mismo Tribunal dio sentencia para que los paneles se reclasificaran en una fracción arancelaria distinta, cosa que impugnó el fisco.
Finalmente ahora es una sentencia final y no hay otra instancia a la que pueda recurrir el fisco, dijo Israel Hurtado, secretario general de la Asolmex.
Anteriormente, las empresas utilizaron el Programa de Promoción Sectorial (Prosec), que es un instrumento para que las empresas puedan importar diversos equipos y librar el arancel que se les otorga.
«Nosotros peleamos este arancel desde el inicio, prácticamente nos llevó unos cuatro años este juicio, donde peleamos que se se quitara. El beneficio se debe traducir en que ya no se tenga que pagar y se reflejará en una mayor posibilidad de inversiones del sector de energía solar al resultar más atractivo para la industria», comentó Hurtado.
Aunque señaló que aún falta que el SAT emita una resolución final en la que reconozca que los paneles solares se clasifiquen en la fracción arancelaria anterior y que están exentos, pero tiene un plazo de entre cuatro y cinco meses para realizarlo.
(Fuente: Reforma / CDMX / Internet, Información, 05:00, 20/03/2020)