Permitirá documento físico o digital que Guardia Nacional o Marina tengan información de la mercancía que se desplaza y probar su legal movilidad

El sector del transporte tiene un enorme reto este año: la Carta Porte.

Con ella, las autoridades fiscales buscan combatir el contrabando y robo de mercancías, pero los empresarios del sector han transitado por baches para implementarla.

A partir de este año, es obligatoria la emisión del complemento Carta Porte en formato electrónico para realizar el traslado de los bienes y/o mercancías en territorio nacional en los diferentes modos de transporte.

De acuerdo con el fisco, empresas o personas que brindan servicios de transporte de bienes y/o mercancías utilizando sus vehículos, dueños de unidades y de bienes o mercancías, así como intermediarios o agentes de transporte que presten servicios de logística están obligados a emitir este documento.

Al generar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con el complemento Carta Porte se permite acreditar la legal estancia y/o tenencia de la carga durante el traslado.

Este formato contiene un conjunto de datos o información de los bienes y/o mercancías, ubicaciones (origen y destino), así como del vehículo o de los diferentes medios de transporte que se incorporan a una factura electrónica de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte.

Con su implementación se documenta fiscalmente la operación y por otro lado se suple la Carta Porte tradicional que se establecía en el Código de Comercio desde 1993 y que opera como contrato, explicó Alberto Ruiz Rioja, vocero de la Comisión Técnica de Comercio Exterior del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).

«La idea es que tanto las autoridades fiscales como las de seguridad nacional

-Guardia Nacional, la Marina- y puedan tener acceso en puntos de revisión de la información de la mercancía que se está desplazando con el objeto de que se pueda probar el legal desplazamiento de los bienes», dijo.

Añadió que también servirá para combatir el contrabando, porque se conocerá el número de pedimento y los datos de cómo se introdujo legalmente al País.

Felipe de Javier Peña, presidente de la Comisión de Transporte de la Concamin, consideró que hay información que no debería solicitarse por temas de seguridad y competencia económica como el valor de la mercancía.

«No tiene que saber todo mundo cuánto cuesta llevar una tonelada de cemento de Veracruz a Puebla, incluso ni el chofer», mencionó.

Aunque la información está encriptada, plasmar esta información sí puede ser riesgoso porque puede generar robos

Sin embargo, reconoció que las autoridades están atendiendo las propuestas de los representantes de diferentes modos de transporte sobre la implementación de este documento y algunos ajustes que han propuesto.

Del 01 de enero al 30 de septiembre de 2022, los transportistas tendrán un periodo de transición para emitir correctamente el complemento Carta Porte en su versión 2.0, sin que se apliquen multas ni sanciones.

¿Qué es y quién debe emitir?

El complemento Carta es una factura electrónica emitida por el dueño de los bienes y/o mercancías y es obligatorio para contribuyentes que realicen transporte de bienes y mercancías en territorio nacional.

¿Cómo se aplica?

Se incorpora al CFDI de tipo Traslado para acreditarla la posesión de la mercancía, brindando información sobre su procedencia y destinos.

¿Quiénes están obligados?

Quienes brindan servicios de traslado de mercancías por los distintos medios de transporte, podrán emitir un CFDI de tipo ingreso incorporando el complemento Carta Porte.

– Autotransporte

– Marítimo

– Aéreo

– Ferroviario

¿En qué momento se emite?

Se debe emitir al inicio del traslado de las mercancías, ya que el operador tendrá que llevar su representación impresa o en formato digital, durante el traslado.

Fuente: SAT

Fuente: Reforma, Negocios, 25 de abril, 2022