Con el fin de evitar la evasión fiscal a través de la subcontratación laboral conocida como outsourcing, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una aplicación para facilitar el cumplimiento de las nuevas obligaciones ante el fisco vigentes para el ejercicio fiscal 2017 para ese tipo de empresas.

El SAT habilitó la aplicación para que el servicio de outsourcing envíe toda la información a las empresas que las contratan y tengan acceso para su consulta y cumplimiento de obligaciones fiscales, de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o recibos de nómina electrónicos por pago a empleados que subcontratan; también los comprobantes fiscales del pago del IMSS, de las retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por sueldos y del pago definitivo del IVA del contratista.

Con este esquema se beneficiará a un universo potencial de 30 mil empresas, se evitarán prácticas de evasión fiscal y se fortalecerá el control ante el posible abuso de la figura de la subcontratación laboral, dijo el órgano recaudador de impuestos.

Trámites. A través de la aplicación “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”, disponible en el buzón tributario a través de la firma electrónica, los contratistas podrán registrar la información del contratante, los contratos y los datos de los trabajadores con los que se presta el servicio de subcontratación.

La aplicación servirá para que ese tipo de contribuyentes tenga mayor facilidad de cumplir con diversas obligaciones que se señalan en las leyes del ISR y el IVA en términos de la Ley Federal del Trabajo.

Con ello se sustituye el intercambio de copias en papel de los pagos y declaraciones de impuestos en los requisitos para la procedencia de la deducibilidad para efectos del ISR y el acreditamiento del IVA por el pago de estos servicios.

En la misma aplicación podrán autorizar al contratante para que consulte dicha información y, al finalizar el proceso, obtendrán el acuse de autorización.

Este aplicativo fue desarrollado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones, apuntó el SAT.

Detalló que para los contribuyentes que durante el año pasado tenían estas obligaciones, al optar por utilizar las aplicaciones de subcontratación para el ejercicio 2018 tendrán por cumplido el ejercicio de 2017, tal como se aprobó en la Ley de Ingresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal.

Para aquellos contribuyentes que durante 2018 no tendrán subcontratación, podrán optar por presentar el “Aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio 2017” a más tardar el 28 de febrero.

El aplicativo informático para fines de subcontratación laboral se dio a conocer en la Resolución  Miscelánea Fiscal para 2018.

La obligación del envío de la información del contratista al contratante se menciona en el artículo 27, Fracción quinta, de la Ley del ISR.

En tanto que en el artículo 5, Fracción II, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, se menciona que el contratista proporcionará copia de la declaración del IVA del mes, junto con el comprobante de pago.

Esto con el fin de acreditar el impuesto pagado por dicho concepto, esto para evitar la presentación de una declaración complementaria que disminuya el gravamen pagado al contratista.

(Fuente: El Universal / Distrito Federal / Internet, Información, 08:31, 09/02/2018)