Revelan dificultad para usar sistema de controversias. Limita los sectores o industrias que podrán tener acceso al Capítulo 14
En el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) no todos los inversionistas podrán hacer uso del sistema de controversias, debido a que quedó limitado a los sectores económicos que interesaban a Estados Unidos.
En el nuevo capítulo de solución de controversias entre Estado e Inversionista, planteado en el Capítulo 14, se limitaron los sectores que podrán tener acceso a este mecanismo, por lo que quedarán descubiertas algunas industrias en las que México haga inversiones, refirió Juan Antonio Dorantes, socio del despacho de abogados Aguilar y Loera.
Dicho Capítulo es el equivalente al todavía actual Capítulo 11 del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), en el cual no se acotan los sectores que podrán hacer uso de este sistema de solución de controversias.
El Capítulo 11 considera que cualquier inversionista en un Estado (de los tres incluidos en el Tratado), por ejemplo uno mexicano en Estados Unidos o Canadá, tienen derecho a demandar al Estado en el que estuviera haciendo inversiones, debido a la existencia de prácticas que puedan afectar sus negocios, por ejemplo, un acto de expropiación directa, explicó Dorantes.
«Ese mecanismo de arbitraje, que tiene el Capítulo 11, se aplica a cualquier inversión que exista en la región, o sea no limita el tipo de inversión que se estuviera llevándose a cabo; sin embargo, ahora el Capítulo 11 (que será el 14) limita este mecanismo sólo a algunos sectores», dijo el especialista.
En el Anexo 14-E del T-MEC, publicado por la Oficina de Representación Comercial de Estados Unidos (USTR), se señalan que los sectores cubiertos son los relacionados con actividades del petróleo y gas, la proveeduría de servicios de energía eléctrica, la de servicios de telecomunicaciones, servicios de transporte, proyectos en infraestructura como caminos, trenes, puentes, canales.
Dichos sectores son en los que EU hace inversiones dentro de México, pero las principales inversiones que hace el País en las naciones socias son de servicios como los bancarios o audiovisuales, los cuales no son parte de la lista, resaltó.
Con la cláusula de revisión, que en su primera etapa será aplicada después de seis años, se podrán agregar otros sectores, comentó María Teresa González, socia de comercio internacional y aduanas de EY.
«Será sin duda parte de los puntos que se van a poder corregir cada seis años o complementar cada seis años. Yo no veo un problema realmente fuerte por haberlo limitado ahora para un tema, por ejemplo, del sector energético porque lo que buscaba, pues en cierto momento era privilegiar la reforma energética», dijo González.
Cambios internacionales
Durante la modernización del actual TLC hubo algunos cambios en lo referente a la solución de controversias y los anteriores capítulos se nombraron con nuevos.
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
TEMÁTICA |
CAPÍTULO EN TLCAN |
CAPÍTULO EN T-MEC |
Inversionista-Estado |
11 |
14 |
Estado-Estado |
20 |
31 |
Cuotas antidumping y compensatorias |
19 |
10 |
Fuente: UTRS/SICE.
Fuente: Reforma, Sección Negocios, 22/10/2018