La Ley de Propiedad Industrial aprobada por el Legislativo contempla la nulidad de marcas en desuso, por lo que la estrategia de registrar varias marcas asociadas a un producto, ya no podrá utilizarse.
Este ordenamiento, aprobado con el paquete de leyes para cumplir con el T-MEC, entrará en vigor 90 días después de la publicación en el Diario Oficial.
En ocasiones, una persona o empresa ostenta la titularidad de una marca en ciertas clases sin fines comerciales, pero con la intención de que nadie más pueda comercializar un producto o servicio con una marca similar, explicó Sergio Olivares, especialista en propiedad intelectual.
Por lo que la nueva Ley contempla una nulidad parcial para los registros en categorías que no se usan activamente.
Olivares explicó que si un titular tenía una marca registrada en 20 productos y nada más la usaba en uno, con la nueva ley se pueden nulificar los 19 productos en desuso.
Kiyoshi Tsuru, especialista en propiedad intelectual apuntó que esto beneficia especialmente a los micro, pequeños y medianos empresarios.
«Es importante que ahora con esta reforma se abra la puerta para que se haga este análisis y se determine el sistema (de registro) que se va a seguir, yo creo que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial va a tomar la mejor decisión en beneficio de los titulares», expresó Tsuru.
Fuente: Reforma, Negocios, 06/07/20